Hoy en día los extranjeros suelen imaginarse playas de arena blanca, aguas cristalinas, tacos, tequila por doquier, margaritas y mariachis cuando piensan en México. Aunque todo lo anterior sea ya un enorme atractivo conocido a nivel mundial, el país tiene mucho más que ofrecer que estos meros pasatiempos superficiales. Desde las pirámides de Teotihuacán, que a cualquiera dejarán sin palabras, hasta su animada vida nocturna y su emergente inigualable gastronomía. México ofrece un amplio abanico de oportunidades, tanto para turistas como para locales.
Ser extranjero con ciudadanía mexicana implica tener acceso sin restricciones al mercado laboral, al sistema educativo y a los servicios sociales de este país norteamericano. Ésta es una gran ventaja dado el rico patrimonio del país, sus preciosos paisajes, su maravillosa gastronomía y la hospitalidad de sus habitantes en todos los estados de la República.
Sin embargo, cabe mencionar que obtener la ciudadanía mexicana no es un proceso sencillo. Y el obtener una doble ciudadanía con Estados Unidos y México, puede ser aún más complicado debido a las presiones por parte de ambos países para que renuncies a tu otra ciudadanía. Aún así, es posible conseguirlo.
Si decides convertirte en ciudadano se te otorgarán varios derechos, tal y como los antes mencionados, más votar, tener propiedades y cambiar tu domicilio o tu trabajo sin tener que informar al Instituto Nacional de Migración (INM).
Y lo más importante, un ciudadano tiene el derecho a obtener un pasaporte, mientras que el residente permanente no. Debes saber que convertirse en ciudadano mexicano no pone en peligro el estatus de ciudadano en tu país de origen.
1. Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles;
2. Presentar original y copia de la Solicitud DNN-3 en la Secretaría de Relaciones Exteriores, la cual deberá llenarse a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible;
3. Exhibir original y dos fotocopias de la tarjeta expedida por la Secretaría de Gobernación que acredite la condición de estancia de residente temporal, o residente permanente, con la que el interesado acredite su legal estancia (Art. 14 RLN), en consecuencia, la residencia en el país durante cinco años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, la cual deberá tener una vigencia mínima de seis meses, posteriores a la presentación de la solicitud, del que se desprenda la Clave Única de Registro de Población (CURP);
4. Entregar copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento extranjera, expedida por la oficina del Registro Civil correspondiente, debidamente legalizada por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición o, en su caso apostillada por la autoridad competente, así como traducida al español por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional. Se podrá exceptuar de este requisito al solicitante que haya sido reconocido como refugiado, por la Secretaría de Gobernación (COMAR);
5. Presentar original y dos fotocopias de todas las páginas del pasaporte extranjero o, en su caso, del documento de identidad y viaje, vigentes;
6. Presentar una carta, bajo protesta de decir verdad, en el que se señale con claridad el número de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el país en el término de dos años anteriores a la presentación de la solicitud, para el cómputo de ausencias, a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Nacionalidad, (acompañar dos fotocopias);
7. Entregar constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por autoridad competente a nivel federal y local dependiendo del lugar de su residencia, en original y fotocopia;
8. Acreditar que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional;
9. Entregar dos fotografías iguales,. recientes a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta;
10. Presentar el comprobante del pago de derechos correspondiente, en original.
Una vez que se haya realizado el trámite, este haya sido aprobado y la persona extranjera quien lo solicitó reciba su ciudadanía, como uno de sus derechos adquiridos está que ahora ya podrá comprar propiedades a su nombre y podrá comenzar a formar un patrimonio en México a su manera en compañía de su familia, estando en cualquier parte del país.
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